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Programa de Vivendas Baleiras para inquilinos/as

Presencial
Jueves, 13 octubre, 2022
Tramite activo: 
Abierto

PARA QUÉ (FINALIDAD):

  • El Programa de Vivendas Baleiras persigue poner a disposición las vivendas desocupadas del Ayuntamiento para poder destinarlas a aquellas unidades familiares o de convivencia con mayor dificultad de acceso a la vivenda y, con prioridad, a las afectadas por procedimientos de ejecuciones hipotecarias o por desahucios por impago de la renta de alquiler de su vivienda habitual.

QUIÉN PUEDE HACERLO:

  • Las unidades familiares o de convivencia deberán reunir los siguientes requisitos:
    • Tener unos ingresos entre 1 y 2,5 veces el  IPREM, de acuerdo con el  prorrateo establecido en el artículo 12. Con carácter general, la renta que debe abonar la persona inquilina no debe ser superior al 30% de sus ingresos, cuestión que deberá de quedar debidamente acreditada en el expediente de adjudicación.
    • No tener la persona solicitante ni ninguno otro miembro de la unidad de convivencia una vivienda en propiedad, a menos que no disponga de su uso y  disfrute, ni del usufructo de otra vivienda en todo el territorio nacional, o se trate de una vivienda inadecuada o insuficiente.
    • Encontrarse en una situación personal o familiar que suponga una dificultad para acceder a una vivienda de alquiler en el mismo municipio.
    • No tener parentesco por vínculo de matrimonio u otra relación estable análoga, por consanguinidad o adopción, hasta segundo grado, con las personas  arrendadoras.
    • Deberá quedar acreditado el grado de integración social. En concreto, no habrá antecedentes de haber incumplido reiteradamente las normas de convivencia. La estos efectos, podrán ser excluidas aquellas personas que en virtud del informe emitido por los servicios sociales, conste que incumplieron reiteradamente las normas de comunidad.

CÓMO SE HACE:

  • Presentar la solicitud de inscrición debidamente cubIerta, así como la documentación requirida para su valoración.

CUÁNDO:

  • Las solicitudes podrán presentarse en cualquiera momento del año.

DÓNDE:

  • En el registro General del Ayuntamiento en Bertamiráns, en el registro de la oficina municipal del Milladoiro o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 16,4 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DOCUMENTACIÓN:

  • Acreditación de los ingresos netos correspondientes la cada una de las personas miembros de la unidad de convivencia, durante los tres meses anteriores al de la presentación de la solicitud. Personas perceptoras de prestaciones: certificación o informe sobre la cuantía de la prestación percibida.
  • Fotocopia del DNI o  NIE de todas las personas miembros de la unidad familiar o de convivencia; en el caso de hijos menores de edad que no tengan documento de identidad, fotocopia del Libro de Familia; y en el caso de extranjeros  NIE.

PRECIO:

  • El precio de la renta del alquiler de las viviendas incorporadas al Programa de Viviendas Vacías no podrá ser superior a la 400€. A los efectos de determinarse el precio de las viviendas de superficie menor a 90 m2 se seguirán los siguientes criterios:
    • Para efectos de determinar dicho precio máximo, se establece una superficie máxima computable de las viviendas de 90 metros cuadrados.
    • Se entenderá que dicho precio máximo incluye los anexos, trastero y garaje, que junto a vivienda sean objeto del contrato de arrendamiento.
    • De este modo, el precio máximo por metro cuadrado de estas viviendas será de 4,44€ siempre que la vivienda disponga de trastero y garaje. En caso contrario, se podrá aminorar este precio máximo en un 8% cuando carezca de garaje y en un 2% cuando carezca de trastero.
    • Para fijar el importe de la renta, también se podrá tener en cuenta los precios medios de mercado de la zona donde este ubicada la vivienda, si se acredita que estos son inferiores a los obtenidos mediante la aplicación del previsto en este artículo.

DEPARTAMENTO TÉCNICO RESPONSABLE:

CONCEJALÍA RESPONSABLE:

NORMATIVA APLICABLE:

Bases reguladoras del Programa Vivendas Baleiras