Presencial
Online
Sede Electrónica
Martes, 1 enero, 2019
Tramite activo:
Abierto
PARA QUE (FINALIDAD):
El procedimiento "certificado urbanístico" regula la concesión de cualquiera certificado oficial del área territorial municipal relativa al régimen aplicable la una hacienda urbana parcela o lote. En particular:
- Certificados de explotación urbana.
- Certificados para registrar propiedades en el Registro de Inmuebles.
- Otros certificados (por ejemplo: de correspondencia de numeración, de existencia de licencia, etc.).
QUIEN PUEDE PRESENTAR UNA SOLICITUD:
- Cualquier persona física o jurídica que pretenda obtener un certificado de urbanismo.
COMO Y DONDE HACER EL PROCESO:
- Preferentemente de forma telemática a través del botón "Iniciar trámite" de la Sede electrónica. Si el interesado no utiliza la sede, podrá descargar el impreso o impresos desde esta página o acudir al registro del Concello, donde le facilitarán el/los impreso/s normalizado/s para presentar.
DOCUMENTACIÓN:
- Solicitud de certificado urbanístico.
- Plano de localización. Plano del inmueble/parcela/edificio objeto de tales informaciones.
- Justificante de pago de las tasas segundo la ordenanza vigente.
NORMATIVA APLICABLE:
- Plan General de Ordenación Municipal.
- Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos.
- Ley 2/2016, del 10 de febrero, del Suelo de Galicia.
- Ley 9/2013, del 19 de diciembre, del emprendimento y de la competitividad económica de Galicia.
- Real Decreto Legislativo 7/2015, del 30 de octubre, por el que se apreba el Texto Refundido de la Ley del Suelo.
- Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 40/2015, del 1 de outubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
MÁS INFORMACIÓN:
- Nombre: Certificado urbanístico.
- Unidad tramitadora: Urbanismo.
- Inicio del procedimiento: A instancia de parte.
- Tipo de interesado: Persona física o jurídica.
- Órgano de resolución: Alcaldía o Junta de Gobierno Local.
- Carácter silencio administrativo: Silencio positivo.
- Plazo de ejecución: 3 meses.
- Recurso aplicable:Potestativo de reposición / Contencioso - administrativo.
- Tasas/Impuestos: Consultar la ordenanza fiscal del apartado de normativa.