Online
Sede Electrónica
De Martes, 31 Mayo, 2022 hasta Miércoles, 29 Junio, 2022
- Temas
Tramite activo:
Cerrado
PARA QUÉ (FINALIDAD):
- Proporcionar apoyo económico para promover las actividades asociadas a la celebración de las fiestas populares, desarrolladas por las asociaciones culturales y vecinales del municipio, y contribuir a la preservación y la estabilización de la programación festiva de Ames, así como la participación de la vecinanza en sus fiestas.
QUIÉN PUEDE HARCELO:
- Asociaciones culturales o vecinales, legalmente constituidas y que figuren inscritas en el registro municipal de asociaciones. Y también comisiones de fiestas constituidas por una agrupación de personas físicas, sin personalidad jurídica.
CUÁNDO:
- Convocatoria anual (gastos efectuados en el ejercicio 2022).
CÓMO SE HACE:
- Una vez que salen publicadas las bases de la convocatoria, las asociaciones/comisiones tienen 30 días naturales para presentar las solicitudes, junto con el resto de la documentación, en la Sede electrónica del Ayuntamiento de Ames, o bien a través del Registro electrónico del Punto de Acceso General del Estado (REC), al que se puede acceder desde el enlace disponible en la Sede electrónica. El plazo de presentación de solicitudes está abierto del 31 de mayo al 29 de junio de 2022.
DÓNDE:
DOCUMENTACIÓN:
- Anexo 1: Solicitud de subvención.
- Junto con este anexo, los solicitantes deberán acercar igualmente:
- Cartel de las fiestas, y, en su caso, programa de mano.
- Certificación bancaria de la cuenta en la que tenga que efectuarse el ingreso de la subvención.
- Anexo 2: Declaración responsable del presidente de la entidad (en el caso de las asociaciones) o de los miembros integrantes do comité organizador.
- Anexo 3: Cuenta justificativa.
RESPONSABLE:
NORMATIVA APLICABLE:
El texto completo es el siguiente: Conforme al dispuesto en la Ley 7/1985, de bases de régimen local, en la Ley 5/1997, de la administración local de Galicia, en la Ley 38/2003, general de subvenciones y en el Real Decreto 887/2006 por lo que se aprueba su reglamento, en la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia y en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por lo que se aprueba el Reglamento de la Ley, así como en el Reglamento de servicios de las corporaciones locales.