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Servicio de ayuda en el hogar (SAF) modalidad de libre concurrencia

Presencial
Online
Sede Electrónica
De Martes, 1 Enero, 2019 hasta Martes, 31 Diciembre, 2019
Tramite activo: 
Cerrado

PARA QUE (FINALIDAD):

  • El servicio de ayuda en el hogar tiene por objeto prestar un conjunto de atenciones a las personas en su domicilio, desde una perspectiva integral y normalizadora, en aquellas situaciones en que tengan limitada su autonomía personal o en los casos de desestructuración familiar. De manera particular, el servicio atenderá personas mayores con déficits de autonomía y personas con discapacidad, especialmente cuando carezcan de apoyo personal en su entorno inmediato, así como hogares con menores, en que se observe la necesidad de una intervención de carácter socioeducativo.

QUIEN PUEDE HACERLO:

  • Todas las personas o unidades de convivencia para las que, de acuerdo con la valoración técnica correspondiente, suponga un recurso idóneo de atención.

COMO SE HACE:

  • Presentar el modelo de instancia normalizado para este trámite debidamente cubierto, así como la documentación requerida para su valoración.

CUANDO:

  • Las solicitudes se podrán presentar en cualquier momento del año.

DONDE:

  • En el registro electrónico del Ayuntamiento así como en los restantes registros electrónicos de cualquiera de los sujetos a los que se refiere el artículo 2,1 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • En el registro General del Ayuntamiento en Bertamiráns, en el registro de la oficina municipal del Milladoiro o en cualquiera de los lugares erexistros establecidos en el artículo 16,4 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre , del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DOCUMENTACIÓN:

  • Fotocopia del DNI de la persona beneficiaria del servicio y de las personas que convivan en el mismo domicilio, si es el caso.
  • Fotocopia de la tarjeta sanitaria de la persona solicitante.
  • Certificado de convivencia.
  • Informe médico o clínico sobre su estado de salud.
  • Certificado de discapacidad y/o  certificado del grado o nivel de dependencia, si es el caso.
  • Justificantes de ingresos de la persona solicitante y del resto de miembros de la unidad de convivencia:
  • Xustificantes de ingresos da persoa solicitante e do resto dos membros da unidade de convivencia:
    • Fotocopia de la última declaración de la renta, o en su defecto, el certificado de imputaciones del IRPF, expedido por la Agencia Tributaria correspondiente.
    • Certificados de todos los ingresos procedentes de salarios, pensiones, subsidios y otros bienes que posean.
    • Justificante de alquiler de vivienda, si es el caso.
    • Cualquier otra documentación que sea requerida por el trabajador/la social para la valoración de su expediente.
  • No será necesario acercar los documentos que ya fueran presentados anteriormente. Para estos efectos, la persona interesada deberá indicar en que momento y ante que órgano administrativo presentó los citados documentos. Se presumirá que esta consulta es autorizada por las personas interesadas, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa.
    La documentación complementaria se podrá presentar electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo aresponsabilidade de la persona solicitante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para lo cotejo de la copia electrónica presentada segundo el dispuesto en el artículo 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio , de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre , por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.
     

PRECIO:

  • Establecido en la Ordenanza fiscal reguladora de la taxa por la prestación del servicio de ayuda en el hogar, publicada en el BOP número 245 del día 26 de decembro de 2013.

DEPARTAMENTO TÉCNICO RESPONSABLE:

CONCEJALÍA RESPONSABLE:

NORMATIVA APLICABLE: